15 JULIO 2026 | HORACIO LAMPE

Tokenización de activos en Argentina: oferta privada vs. oferta pública, ¿qué debe conocer antes de comenzar?

La tokenización de activos dejó de ser una tendencia para convertirse en una herramienta concreta de financiamiento, inversión y transformación digital. Sin embargo, todavía existe una duda recurrente entre empresas, desarrolladoras inmobiliarias, fondos de inversión y startups que analizan implementar esta tecnología:

¿Toda tokenización requiere autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV)?

La respuesta es no.

Y comprender esta diferencia es uno de los primeros pasos para estructurar correctamente cualquier proyecto.

La tecnología no define la regulación

Uno de los errores más frecuentes es creer que el simple hecho de emitir un token en blockchain implica automáticamente una oferta pública o una regulación específica.

En realidad, la tecnología es neutral.

Lo que determina el marco regulatorio es el derecho que representa el token, la estructura jurídica elegida y la forma en que ese activo será ofrecido a potenciales inversores.

Antes de pensar en blockchain, smart contracts o wallets, es fundamental responder preguntas como:

  • ¿Qué activo se está tokenizando?
  • ¿Qué derechos adquiere el inversor?
  • ¿Quién podrá invertir?
  • ¿Cómo se distribuirán los rendimientos?
  • ¿La oferta será privada o pública?

Estas definiciones condicionan toda la arquitectura legal y tecnológica del proyecto.

¿Qué es una oferta privada?

Una oferta privada consiste en una emisión dirigida a un grupo determinado de inversores previamente identificados.

No existe una invitación abierta al público en general y las condiciones de inversión suelen establecerse mediante acuerdos privados.

Este esquema es habitual en proyectos inmobiliarios, fondos privados, fideicomisos, rondas de inversión empresariales y vehículos de inversión cerrados.

La estructura puede implementarse mediante sociedades, fideicomisos u otros instrumentos jurídicos, dependiendo de las características del proyecto y de la jurisdicción.

En estos casos, blockchain actúa como una infraestructura que aporta eficiencia, trazabilidad y automatización, sin modificar por sí misma la naturaleza jurídica de la operación.

¿Cuándo hablamos de oferta pública?

Cuando el objetivo es ofrecer valores negociables al público en general, el escenario cambia.

En Argentina, la oferta pública se encuentra regulada por la Comisión Nacional de Valores (CNV) y debe cumplir con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Durante el último año, el organismo dio un paso importante al ampliar el régimen de tokenización mediante la Resolución General 1150, incorporando nuevos valores negociables que pueden representarse digitalmente dentro del mercado regulado.

Entre ellos se encuentran:

  • Acciones.
  • Obligaciones Negociables.
  • CEDEARs.
  • Cuotapartes de determinados Fondos Comunes de Inversión.
  • Fideicomisos Financieros autorizados.

Además, la CNV extendió el funcionamiento del sandbox regulatorio, consolidando un entorno de prueba para continuar impulsando la innovación financiera dentro de un marco supervisado.

Este avance demuestra que la tokenización ya no es únicamente una iniciativa del ecosistema blockchain, sino una herramienta que comienza a integrarse en la infraestructura del mercado de capitales argentino.

Blockchain no reemplaza el cumplimiento regulatorio

Existe otra idea equivocada muy difundida: pensar que blockchain elimina la necesidad de cumplir con la regulación.

Ocurre exactamente lo contrario.

Una infraestructura blockchain bien diseñada puede facilitar el cumplimiento normativo mediante funcionalidades como:

  • Identidad digital verificable.
  • Procesos KYC y AML.
  • Restricciones automáticas de transferencia.
  • Auditoría permanente.
  • Registro inmutable de operaciones.
  • Trazabilidad completa de los activos.

Por eso, cada vez más proyectos institucionales adoptan estándares como ERC-3643, que incorporan reglas de compliance directamente en el activo digital y permiten adaptar la operación a los requisitos regulatorios de cada jurisdicción.

La primera decisión no es tecnológica

En nuestra experiencia, los proyectos exitosos de tokenización no comienzan escribiendo un smart contract.

Comienzan definiendo correctamente el modelo de negocio.

Antes de seleccionar una blockchain o desarrollar una plataforma, es necesario determinar:

  • qué activo será tokenizado;
  • cuál será el vehículo jurídico;
  • cómo se estructurará la inversión;
  • quiénes podrán participar;
  • qué regulación aplicará;
  • qué nivel de compliance será necesario.

Solo después de responder esas preguntas tiene sentido definir la infraestructura tecnológica adecuada.

La tokenización representa una enorme oportunidad para modernizar los mercados de capitales, ampliar las alternativas de financiamiento y hacer más eficiente la administración de activos reales.

Pero el éxito de un proyecto no depende únicamente de la tecnología.

Depende de construir una estructura sólida desde el punto de vista legal, regulatorio y operativo.

En DAppsFactory acompañamos a empresas, desarrolladoras, fintechs e instituciones durante todo ese proceso: desde la definición estratégica y regulatoria hasta el desarrollo de plataformas blockchain, wallets y soluciones de tokenización adaptadas a cada modelo de negocio.

Porque antes de emitir un token, lo importante es diseñar correctamente todo lo que ese token va a representar.